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domingo, 22 de enero de 2012

UTOPÍA


La isla que un día soñó Santo Tomás Moro
No se trata de relativizar la conducta criminal. Uno es o no es delincuente. Y es seguro que caben otras formas imperfectas de serlo, quizás un poco más acordes con  las estructuras básicas de sociabilidad innata que tiene el ser humano que vive en armonía con el grupo de iguales. Pero, es aquí, cuando uno se plantea si  todo está perfectamente tasado, si todo está previamente definido. Si efectivamente hay personas que son desviadas, y se explica su comportamiento por un marcado relativismo cultural, ¿es buena su conducta? ¿es mala? o si, por el contrario, adquiere la condición de delincuente porque, aparte de ser desviado, infringe una norma social. Con lo cual ya tiene los dos conceptos que definen en sociología al delincuente. El delincuente es siempre un desviado.

Bueno, pues hasta aquí todo perfecto. Esta aproximación sociológica pone cada cosa en su sitio y, en principio, no habría que tener dudas a la hora de distinguir lo que es un comportamiento delincuencial  del que solamente se queda en desviado.

Por otro lado, es obligado referirnos a la víctima. Estamos en un momento de la historia en la que se está redescubriendo su papel en el hacer criminal y eso le confiere un protagonismo especial dentro del proceso, realzando su figura hasta igualarlo, si cabe, con el todopoderoso  centralismo del  victimario. Hemos dejado atrás los albores de su historia en el que fue protagonista absoluta con la venganza privada de ella o su familia. En esta génesis, también fue superada su neutralización en el momento que entró en escena el Estado de Derecho y su “ius puniendi”.  Con este afán igualitario, y con el propósito de establecer su sitio en la naturaleza delictiva, se definen  comportamientos que, por ejemplo, puede desplegar en el justo momento de producirse el hecho criminal. Así pasa por ser víctima por indefensión física, mayor vulnerabilidad, facilitadota, social, situacional…..; en fin, tantas como hechos distintos se puedan dar.

Poco a poco venimos desgranando los ingredientes que unidos en una compacta argamasa configuran el fenómeno criminal. Tenemos al desviado, delincuente,  o su representante legal, y tenemos a la víctima. Nos falta una situación ideal que tenga cabida en un precepto penal que justifique, al menos en lo principal, la acción reprobable del victimario. Vayamos a ella. Código Penal de 1995, Libro II,  Titulo XIII  - Delitos  contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico; Capítulo II – De los robos; artículo 242, punto primero: “El culpable de robo con violencia o intimidación en las personas será castigado con la pena de prisión de dos a cinco años, sin perjuicio de la que pudiera corresponder a los actos de violencia física que realizase”.
Punto segundo: “La pena se impondrá en su mitad superior cuando el delincuente hiciera uso de las armas u otros medios igualmente peligrosos que llevare, sea al cometer el delito………….”


Y nos falta la situación. Real como la vida misma. El ciudadano de bien,  menganito de tal que camina por un afamado parque de una ciudad castellana en dirección al centro donde ha quedado con su novia. Todo perfecto. Un buen plan, una tarde de domingo para disfrutar. Pero hete aquí que el ciudadano equis es “interrumpido” por otro que, acercándose por un costado, le “requiere con intimidación” para que le dé toda la pasta que lleva en los bolsillos. Todo ello mientras blande en su mano derecha un bardeo con hoja de unos diez centímetros de longitud que ahora mismo ya tiene el ciudadano ejemplar en la zona abdominal, oprimiéndole ligeramente los intestinos. Parece que la tarde perfecta no lo va a ser tanto. Y  comienza el espectáculo.

-          Pero hombre,  un poco de decoro…., -comenta el ciudadano ejemplar. 
-     Por alusiones, ¿cómo comprendes que te voy a dar las quinientas pesetas que llevo, si es lo único que tengo para pasar la tarde con mi novia?
-          ¡No me jodas y dámelo todo! –contesta el otro.
Al tiempo, se reafirma en su intimidación con un marcado golpe de muñeca que oprime la piel otro par de milímetros. Por si la cosa no estuviese clara.
-          No hombre no,  esto hay que hablarlo. Todo es negociable. Si quieres....., te doy una parte, pero todo..... ¡no hombre no….!
-          ¡Me estás chinando tío! –espeta el otro entre balbuceos.

El prenda, desencajado por la situación, bracea gesticulante intentando argumentar sus razones. En plan yo soy el atraca, me estás desvirtuando mi rol y eso no puede ser, tu obligación es entregarme todo y asustarte mucho. Pero lejos de causar la reacción esperada en su víctima, cumpliendo con su papel en estos casos, se encuentra con una que aborda la situación  desde dentro y trata de desdibujarla con un argumento a medio camino entre lo comprensivo y lo reprobable. Pura y dura política criminal ad hoc. En este contexto, el final de la historia se la pueden imaginar.

Sería bueno que para todo hubiese un término medio. Y este que se plantea es un ejemplo claro de cómo quien es requerido “entiende” la victimización en sus dos variantes, la suya y la del sirlero incapaz de completar su papel por la presencia de un argumento demoledor. En plan, oye tío, yo puedo entender que tu situación sea la consecuencia de unos cuantos eslabones rotos en el proceso de socialización, factores primarios y secundarios tocados de muerte, marginalidad, drogodependencia  y todo lo que tú quieras, pero entiéndeme también a mí.

Esta difuminada realidad criminal que introduce una variante extraña, le da al acto y sus  circunstancias un halo de romanticismo. Una esperanza, si cabe. Ya que la  delincuencia es consustancial a la sociedad en la que vivimos, podría plantearse así, en plan solidario y en  términos de camaradería.

 Desgraciadamente la realidad es bien distinta y el evento sui géneris que aquí se plantea es quimérico. En el mundo real hablamos de violencia extrema y gratuita, de bandas organizadas, de delitos tecnológicos, de malversación, de tráfico de estupefacientes, y toda una panoplia de habilidades criminales imparables y establecidas en nuestra vida diaria, yendo más allá de ese “dialogo tenso” que destila cierta armonía en las formas y  comprensión a uno y otro lado. Eso no quiere decir que estas rarezas y otras similares no tengan su cabida dentro del mundo criminal y que, todas ellas tratadas en su conjunto por lo insólitas, no le den al hecho una nueva dimensión más esperanzadora. Algo así como querer recuperar la delincuencia tradicional (tocomochos, nazarenos, piqueros, triles…), caracterizada por el modus hábilis, tan bonachona,  tan elegante, tan respetuosa con el medio y con tanto arte.

Aún así, lo extraordinario del suceso no deja impávido a quien tiene el monopolio sancionador. Poniendo en marcha la maquinaria estatal tratará de ubicar la paradójica  acción criminal en su lugar exacto. Que si atenuantes analógicas, que si eximentes incompletas....,  en fin, lo que se quiera. Pero, ¿qué hay de ese entendimiento? ¿Qué sustrato queda del comportamiento de esa víctima, que acata la situación y resuelve plantarle cara sin negar las razones de quien le acomete, sin olvidar tampoco las suyas? Queda utopía.

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